
RECLAMAR COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL SANITARIO – ÚLTIMAS SENTENCIAS FAVORABLES DE ASAES
COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL SANITARIO
Los viejos tiempos se han terminado porque en los últimos años, gracias a las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, hemos encontrado un cambio de doctrina en todos los Juzgados y Tribunales españoles y, en especial, la del Tribunal Supremo.
Y por todo lo anterior, hoy podemos comunicaros el contenido de las últimas sentencias favorables que han obtenido los reclamantes de ASAES. Por fin, han llegado las sentencias firmes, que ya no se pueden recurrir, donde se reconoce el derecho a percibir el complemento de carrera desde que se inició la reclamación y, en su caso, a percibirlo desde que se le reconoció el pago al personal fijo (pago retroactivo).
¿QUÉ ES EL COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL?
La carrera profesional, es un derecho de los profesionales para poder ir progresando en su carrera, individualmente, como un reconocimiento a los méritos, experiencia, investigación en sus áreas de desarrollo y, cumplimiento por supuesto de las funciones y tareas encomendadas.
En el varios Acuerdos de la Mesa Sectorial en cada Comunidad Autónoma sobre la carrera profesional de licenciados y diplomados sanitarios, se acordó que el complemento debía estructurarse en cinco niveles: el nivel inicial que no es retribuido y cuatro niveles más, que para ir accediendo de uno a otro es necesario haber estado en el nivel anterior 5 años, además de aportar méritos suficientes superando una evaluación para optar al siguiente nivel.
¿POR QUÉ SOLO LO COBRA EL PERSONAL FIJO?
Es la mayoría de esos Acuerdos, establecían que el personal con nombramiento interino, que ostentara dicha condición en el momento de la aprobación del acuerdo, podría acceder al reconocimiento de los precitados niveles, pero SIN poder cobrarlos, hasta que no superaran las pruebas selectivas y fueran nombrados funcionarios de carrera.
Ese acuerdo contravenía toda norma legal, así como varios principios constitucionales, entre ellos el art. 14 por el que todos somos iguales ante la Ley. Y lo que esos Acuerdos hacen es discriminar y tratar a los mismos profesionales de manera diferente por razón de su tipo de contrato, lo que es contrario a nuestras más firmes creencias.
¿PUEDE COBRAR EL PERSONAL LABORAL, INTERINOS O EL EVENTUAL ESTATUTARIO EL COMPLEMENTO DE CARRERA PROFESIONAL?
Pues claro que sí, desde hace años que se ha establecido que el pago solo al personal fijo es discriminatorio y que no se puede quitar derechos al personal al servicio de la administración simplemente por tener un contrato diferente.
No hay ninguna discusión al respecto. Por eso en prácticamente todas las comunidades autónomas en España se ha empezado a pagar el Complemento de carrera profesional desde hace tiempo a todo su personal.
Las únicas Comunidades en las que aun encontramos ese problema son: Madrid, Aragón, Galicia y Navarra. Aunque en algunas Comunidades Autónomas solo se paga el complemento a determinados Niveles.
Pero una cosa es importante, ninguna Comunidad Autónoma está pagando las cantidades que se deben con carácter retroactivo, es decir, las cantidades desde que se te reconoció un nivel, pero no se te pagó como sí se hacía con el personal fijo.
¿HAY SENTENCIAS FAVORABLES OBTENIDAS POR ASAES?
Claro que las hay, este mes de octubre hemos obtenido dos sentencias firmes en las que la Comunidad Autónoma no las ha recurrido, por lo que pronto quienes reclamaron con nosotros empezarán a cobrar el complemento de carrera que les corresponde y, además, se les pagarán las cantidades correspondientes desde que se les reconoció el nivel.
El pago retroactivo tiene un limite de 4 años anteriores para el personal estatutario y 1 año para el personal laboral. Así que, cada día que pasa sin que se reclame es dinero que regalas a la Administración y es un día más que renuncias a tus derechos.
Nuestras reclamaciones se realizan de manera colectiva, así que son muchos los beneficiados por nuestras sentencias. En algunos casos estimamos que la Comunidad Autónoma deberá pagar más de 500.000€ a repartir entre 22 personas debido al pago retroactivo.
¿CÓMO PUEDO RECLAMAR?
Desde ASAES estamos constantemente iniciando demandas colectivas en varias Comunidades Autónomas solicitando el pago del complemento de carrera, así como el reconocimiento del pago retroactivo.
Si ya tienes reconocido un nivel, pero no lo percibes, debes iniciar la reclamación a la mayor brevedad, puesto que cada día que dejas pasar es un día que pierdes de un derecho que te pertenece.
Nuestra recomendación, es que te pongas en contacto con nosotros y te ayudemos a resolverte todas tus dudas, validar tu documentación e iniciar el procedimiento para obtener cuanto antes el reconocimiento de tus derechos.